Vinculado a proceso por fraude cometido en la supuesta compra de cripto monedas
• Delito cometido a cinco víctimas por un monto de 5 millones 900 mil pesos y se integran carpetas de investigación por otros 14 defraudados
• Enfrentará su situación jurídica bajo la medida cautelar de prisión preventiva
Con base en los datos de prueba expuestos por la agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Delitos Patrimoniales de la Fiscalía de Distrito Zona Centro, se acreditó la probable responsabilidad del imputado José Gregorio V. P., por el delito de fraude.
Por lo tanto, fue vinculado a proceso por hechos delictivos cometidos de enero a mayo de 2022, en perjuicio de cinco víctimas cuyo daño patrimonial es por la cantidad de 5 millones 900 mil pesos.
De acuerdo con la investigación ministerial, el imputado se manejaba como representante de una Sociedad Anónima Promotora de Inversiones, denominada J.V.P Capital, cuando convenció a los afectados en invertir su dinero en una plataforma de cripto monedas, ofreciéndoles ganancias del 2 al 10 por ciento mensual.
Los cinco afectados hicieron los respectivos contratos y le depositaron su dinero, dando un monto total de 5 millones de pesos, sin embargo, nunca recibieron ningún beneficio de su inversión ni la devolución de su capital.
Los afectados buscaron a José Gregorio V. P., y éste no les respondió, además de cerrar las oficinas que tenía en el edificio “Punto Alto” en la ciudad de Chihuahua, por lo que procedieron a interponer las querellas en su contra.
El Órgano jurisdiccional resolvió la situación jurídica del imputado, imponiéndole la medida cautelar de prisión preventiva por lo que dure el proceso penal.
Cabe hacer mención que se integran carpetas de investigación en las que José Gregorio V. P., aparece como probable responsable del delito de fraude cometido a otras 14 víctimas bajo el mismo modus operandi.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial. (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).