Enfrentarán proceso penal cuatro policías municipales de Aldama por resistirse a una investigación por robo
- Fueron los primeros respondientes en un accidente automovilístico cuyo conductor falleció y sus familiares denunciaron que le robaron sus pertenencias.
La situación jurídica de cuatro elementos de la Policía Municipal de Aldama, detenidos por el delito de desobediencia y resistencia de particulares, quedó resuelta al ser vinculados a proceso por un Juez de Control del Distrito Judicial Morelos a partir de los datos de prueba y argumentos jurídicos expuestos por el Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Centro.
El pasado domingo 23 de julio, los imputados Eva G. C., Luis Gabriel G. G., Gonzalo Antonio H. M., y Aarón Iván L. P., fueron detenidos en el término de la flagrancia por elementos de la Agencia Estatal de investigación al oponerse a que se cumplimentaran órdenes de cateo en sus respectivos domicilios en seguimiento a una investigación por el delito de robo.
Ahora enfrentarán un proceso penal bajo la medida cautelar de prisión preventiva, al considerarse que la investidura que tenían como autoridad los obligaba con mayor deber a cumplir con los ordenamientos jurídicos como al que trataron de impedir que se efectuara.
El delito de robo investigado por el Ministerio Público, fue cometido a una víctima de un accidente automovilístico sucedido el 20 de junio de 2023, en la carretera Aldama – Ojinaga, cuando el vehículo conducido por David se impactó contra una yegua, percance por el que diez días después falleció debido a la gravedad de las lesiones.
Familiares del occiso denunciaron que le habían robado varias cosas que llevaba, por los que se iniciaron las indagatorias ministeriales correspondientes, a través de las cuales se incluyó a la investigación a los policías municipales, ya que fueron los primeros respondientes en el accidente.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, los imputados se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial. (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).