Enfrentará proceso penal por cuantioso fraude a usuario bancario
Acusado por despojar a la víctima de su tarjeta bancaria y utilizarla para comprar relojes, joyería, ropa y aparatos electrónicos en tiendas departamentales
Tras la captura de Julio Eduardo L. L., por el delito de fraude agravado, fue llevado a la audiencia en la que el Ministerio Público de la Fiscalía de Distrito Zona Centro, procedió en su contra y logró que el Juez de Control conocedor de la causa penal resolviera iniciarle un proceso penal bajo la medida cautelar de prisión preventiva.
El imputado Julio Eduardo L. L., de 32 años de edad, originario de la Ciudad de México, fue detenido el pasado martes por elementos de la Agencia Estatal de Investigación que le cumplimentaron una orden de aprehensión.
La imputación en su contra es un fraude por la cantidad de 288 mil 187 pesos, en hechos que se registraron el 30 de septiembre de 2022, cuando presuntamente utilizó la tarjeta bancaria de la víctima para comprar relojes, joyería, ropa y aparatos electrónicos en tiendas departamentales de la ciudad de Chihuahua.
De acuerdo a lo expuesto por la representación social, ese día el imputado y un cómplice, abordo al afectado cuando éste retiró dinero de un cajero que se encuentra al interior de un centro comercial ubicado en el Boulevard José Fuentes Mares, le dijo que no había cerrado la aplicación y con esa maniobra lo desapoderó de su tarjeta sin que se diera cuenta.
Por medio de las investigaciones de inteligencia se conoció que el vehículo de la marca Nissan, línea Versa con placas de circulación del estado de Chihuahua en el que se retiró el imputado y el diverso implicado del centro comercial, lo habían rentado y que en él acudieron a los diversos negocios donde hicieron las compras.
Con los datos de prueba expuestos por la representación social, el Juez de Control del Distrito Judicial Morelos consideró que se acredita la posible participación del imputado en el delito de fraude agravado.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).