Fiscalía de Derechos Humanos imputa cargos a presunto involucrado en la desaparición y posterior muerte de Cruz Soto Caraveo

• Deberá permanecer interno en el Cereso de Aquiles Serdán mientras espera la resolución definitiva de su situación jurídica por los procesos que le sigue la FGR y la FGE

La Fiscalía de Derechos Humanos, a través de su Unidad Especializada de Investigación en Desaparición Cometida por Particulares, informa que el día de hoy se llevó a cabo la formulación de imputación de Luis Enrique M. G., alias “El Chulina” por su presunta implicación en la desaparición y posterior homicidio de Cruz Soto Caraveo.

Tras su detención registrada el pasado 21 de abril en la localidad de Bahuichivo junto a tres personas más, autoridades federales y estatales efectuaron el traslado a la ciudad de Chihuahua, donde elementos de la AEI le cumplimentaron una orden de aprehensión por el delito de desaparición cometida por particulares.

Las indagatorias en torno al caso, permitieron identificar a Luis Enrique M. G., como integrante de la célula criminal que interceptó al representante del Colectivo Familias Desplazadas Forzosamente de la Sierra Tarahumara, Cruz Soto Caraveo, en una brecha que conduce de la localidad de Térmoris a Los Llanos, en el municipio de Guazapares, para mantenerlo en cautiverio y posteriormente privarlo de la vida.

Cabe señalar, que a través de las investigaciones se identificó la participación de seis personas, tres de los cuales ya sentenciados, entre ellos a Paulino M. R. quien fungía como director de la Policía Municipal al momento de los hechos, y actualmente condenado tras declararse responsable de facilitar la ubicación de la víctima.

De igual forma, Samuel Alejandro F. G. e Ismael Q. A., se encuentran purgando la sentencia que se les impuso, luego de admitir su participación como coautores de los hechos que provocaron la muerte del activista social.
Finalmente, el pasado mes de noviembre, se llevó ante Tribunales a Fernando F. C., alias “El Cuervo” quien se encuentra vinculado a proceso bajo la medida cautelar de prisión preventiva, como el quinto participante.

Luego de evaluar las pruebas presentadas por el Ministerio Público, el Juez de Control le dictó la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que corresponde al delito de desaparición forzada, por lo que deberá permanecer interno en el Cereso de Aquiles Serdán.

Es importante mencionar, que la formulación de imputación es independiente del proceso que se le sigue al imputado por los delitos del orden federal por los que fue detenido.

*De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial. (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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