PERSONAS DESAPARECIDAS

La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas distingue entre persona desaparecida y no localizada destacando como diferencia la presunción o no de la comisión de un delito.
La persona desaparecida es toda aquélla cuyo paradero se desconoce y cuya ausencia, se presume, es causada por la comisión de un delito en su contra.

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